elespejo1.0: Tribunal Supremo
Como Blogger/Google ya me la han jugado en varias ocasiones también me podrán encontrar en http://elespejo1punto0.wordpress.com/

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Aquí, puedes acceder al Periódico del movimiento 15-M en Sol http://madrid.tomalaplaza.net/files/2011/06/15m-news.pdfI ncluye las propuestas de las distintas acampadas, movilización contra los desahucios, etc
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miércoles, 10 de agosto de 2011

Ahora el copago para la justicia.

Y ahora el "copago" para la "justicia"


Los togados apuestan por cobrar una tasa por usar eso que llaman justicia.

http://www.publico.es/agencias/efe/390782/la-mayoria-de-las-asociaciones-judiciales-a-favor-del-copago-en-justicia

Si bien ya es bastante cara, pero no les basta, son insaciables estos señores.

Y digo yo, ¿no sería mejor preguntar a nuestros explotadores cuánto dinero deben y trabajar una serie de años a cambio de comida? Incluso podríamos prestarles a nuestras mujeres e hijas para que se ahorren la factura en locales de mala nota. Y ya puestos, no estaría mal suicidarse a partir de los 67, por eso de ahorrar en pensiones.

El último en salir que apague la luz y cierre la puerta.

miércoles, 27 de julio de 2011

El Constitucional no entiende por que hay ciudadanos que no pagan las hipotecas.

SEGÚN EL CONSTITUCIONAL, EL DESAHUCIO SE EVITA PAGANDO. IMPRESIONANTE.

El Tribunal Constitucional ha dictaminado en un reciente auto, que la normativa actual sobre desahucios y ejecución de las hipotecas no vulnera los derechos de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva y al derecho a una vivienda digna. Olé la coherencia de los magistrados, entre los que sólo uno de ellos votó en contra de ese “razonamiento”.

En el texto, el Constitucional concluye que el alto tribunal no tiene facultades ni competencia para exigir cambios en el actual procedimiento de ejecución hipotecaria, ya que es materia exclusiva del gobierno como  ”legislador”.

Es decir, los jueces consideran que si un ejecutivo permite que bancos privados cometan fechorías en tiempos de crisis, en todo caso es cuestión del parlamento.

Los magistrados consideran “notoriamente infundada” la cuestión de inconstitucionalidad, citando la doctrina establecida en la sentencia de 18 de diciembre de 1981, que avaló las limitaciones que tienen los hipotecados para evitar el embargo de su vivienda.

¿ESPAÑA CUMPLE CON LOS DERECHOS HUMANOS?

La sentencia citada consideró que los afectados por un proceso de ejecución hipotecaria no quedan “indefensos”, porque tiene la posibilidad de evitar el embargo pagando la deuda o reclamando al juez la apertura de un procedimiento declarativo para que resuelva la controversia entre las partes.

Sus señorías han descubierto que saben hacer una O con un canuto. Si no me equivoco, una persona que no puede pagar su hipoteca, puede evitar el desalojo de su vivienda pagando. Qué tonto soy, no había caído…

Lo peor del comunicado es que sólo uno de los magistrados, como señalé al comienzo, Eugeni Gay, considera que el tribunal no ha tenido en cuenta la actual realidad social y jurídica de España y considera necesario examinar la cuestión planteada desde el contexto económico actual.

EUGENI GAY: UN JUEZ QUE REFLEXIONA SOBRE EL DÓNDE, EL CUÁNDO Y EL CÓMO

 En definitiva, los rasgos de la situación económica y financiera actual son radicalmente distintos a los que la caracterizaban a principios de los años ochenta y esta profunda transformación incide directamente en la esencia de las condiciones de cumplimiento de los compromisos hipotecarios adquiridos por los prestatarios, explica Gay.

Mal país aquel en el que da lo mismo que 5 millones de personas estén en el paro y no tengan otra protección que la que el destino marque.

Mal país aquel en el que en una situación tan grave en lo económico, el poder politico se coloca del lado de los que lanzan a la calle al que no puede pagar, ni queriendo.

Mal país aquel en el que la justicia mira al dedo que señala la luna.

Mal país el que permite que millones de sus ciudadanos  pasen más de la mitad de su vida entre al angustia y la impotencia, el sacrificio y la desesperación.

Mierda borbónica.

miércoles, 20 de octubre de 2010

El TS confirma la expulsión de Falange de la causa contra Garzón por el franquismo.

El TS confirma la expulsión de Falange de la causa contra Garzón por el franquismo  (Imagen: Emilio Naranjo / EFE)

20MINUTOS.ES / AGENCIAS. 18.10.2010 - 18.06 h

El
 Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión del magistrado Luciano Varela, instructor de la querella contra el juez Baltasar Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo, de expulsar de esta causa a la acusación popular ejercida por Falange Española de las Jons.

El escrito de acusación de Falange se referían a Garzón como "juzgador de la historia y redentor del bando vencido" En sendos autos, notificados este lunes, la sala de lo penal del TS rechaza los recursos interpuestos por Falange contra dicha expulsión. Falange fue excluida del procedimiento el pasado mes de abril por no subsanar en el plazo de un día los defectos advertidos en su primer escrito de acusación, decisión que recurrieron al estimar que todavía estaban dentro de plazo cuando presentaron el segundo escrito de acusación contra Garzón.

Los autos cuentan con el voto particular del magistrado Joaquín Giménez, quien afirma que si Varela estimó que el escrito de calificación provisional era inadmisible, "así debió declararlo desde el principio sin que debiera dar un plazo de subsanación". La sala de lo penal, según uno de los autos de los que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, cree que el instructor concedió un plazo a Falange de forma correcta porque en su primer escrito, en el que se referían a Garzón como "juzgador de la historia y redentor del bando vencido", mezclaba la descripción de los hechos con múltiples valoraciones.

En el otro auto, el TS señala respecto a la queja de Falange de que todavía estaban dentro de plazo cuando presentaron su segundo escrito que si la acusación opta por ejercer la acción penal "ha de respetar los plazos establecidos en la Ley Procesal". Concluye que la decisión del instructor de apartar a Falange "no lo fue de forma automática", sino tras haber concedido a la parte plazo para subsanar los defectos, que no cumplió el recurrente.

Estoy a la espera de poder demostrar mi inocencia y que mi actuación ha sido pulcra y ajustada a la Ley Varela dictó auto de apertura de juicio oral contra Garzón el pasado 12 de mayo por un delito de prevaricación, lo que supuso que dos días después fuera suspendido provisionalmente de sus funciones en la Audiencia Nacional por el Consejo General del Poder Judicial. Garzón -que actualmente trabaja como consultor externo de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya (Holanda)- ha declarado este lunes que se encuentra "bien" ante dicho juicio, cuya fecha aún no está fijada, pero que no está conforme con su situación, ya que no puede desarrollar su "labor jurisdiccional".

En declaraciones a los periodistas tras participar en un acto público en Madrid, el juez ha añadido que ésta "ilusionado" con su trabajo en La Haya porque la CPI investiga hechos y delitos que constituyen una parte importante de su actividad judicial desde hace años.

"Estoy a la espera y con toda la energía necesaria para afrontar el proceso, que se desarrolle cuanto antes, para poder asistir y celebrar el juicio y poder demostrar mi inocencia y que mi actuación ha sido pulcra y ajustada a la Ley", ha añadido. Respecto a la causa abierta en el TS por el dinero que supuestamente recibió durante su estancia en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 ha asegurado que "no ha habido ningún cobro, ni ningún pago".